Santo Domingo, R. D.- La Federación Dominicana de Municipios (Fedomu) y la Liga Municipal Dominicana (LMD) aclararon de forma categórica que no han sido eliminadas las sanciones por el incumplimiento de la normativa presupuestaria municipal en las modificaciones introducidas al artículo 21 de la Ley núm. 176-07.
Ambas entidades explicaron que las
informaciones difundidas recientemente en medios de comunicación interpretan de
manera imprecisa el alcance de la citada modificación al artículo 21 de la Ley
núm. 176-07.
Mediante un comunicado, los presidentes de
ambas instituciones, Nelson Núñez (Fedomu) y Víctor D' Aza (LMD), señalaron que
lo aprobado por el Senado de la República no despenaliza la falta ni elimina el
régimen de consecuencias, sino que establece que las sanciones serán impuestas
conforme a las disposiciones de la Constitución de la República y el nuevo
Código Penal Dominicano, el cual contempla expresamente la destitución de los
funcionarios municipales que incumplan la ley.
En ese sentido, reiteraron que
"cualquier interpretación distinta carece de sustento jurídico y
contribuye a una lectura errónea del alcance real de la reforma".
La federación resalta que esta
actualización legal no supone, bajo ninguna circunstancia, un debilitamiento de
los principios de transparencia, control y rendición de cuentas.
Los gobiernos locales continúan plenamente
sujetos al marco constitucional, a las leyes de administración pública, a los
órganos de control del Estado y al escrutinio ciudadano, pilares esenciales de
la buena gobernanza y de la autonomía municipal responsable.
En ese orden, Fedomu valora de manera
positiva dicha modificación, ya que constituye una respuesta necesaria y
oportuna a los efectos generados por disposiciones contenidas en el artículo 3,
con la readecuación de los topes presupuestarios que permite armonizar el
régimen financiero municipal con la lógica del Presupuesto General del Estado,
particularmente en lo relativo a la estructura de ingresos y gastos,
favoreciendo una mayor coherencia normativa y una aplicación más realista del
marco presupuestario a nivel local.
Este ajuste fortalece la seguridad
jurídica, mejora la planificación financiera y dota a los ayuntamientos de
herramientas más acordes con su funcionamiento operativo.
Por consiguiente, considera que la
revisión del artículo 3 de la Ley # 75-25 y su adecuada articulación con la Ley
# 176-07 contribuyen a una gestión municipal más equilibrada.

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