Declaración de prensa del Conani


Durante los últimos días, varios reputados medios de comunicación se han hecho eco de las declaraciones de la señora Brikin Gómez, madre de un adolescente de 13 años que  burlara la vigilancia del hogar de paso en el municipio de Guerra, donde se encontraba bajo protección del Consejo Nacional de Niñez y Adolescencia (Conani) desde noviembre de 2021, remitido por el Ministerio Público.

 

Sin ánimo de desconocer su responsabilidad por la salida no consentida del adolescente, el Conani desea informar que estuvo en contacto con la madre denunciante desde el día 18 de julio, es decir, un día después de haberse producido el incidente. La madre fue advertida por una persona conocida de haber visto a su hijo en las inmediaciones de su anterior domicilio. Fue la propia señora Gómez quien se puso en contacto con el departamento correspondiente del Conani para hablar sobre la situación de su vástago.  El Conani reconoce que en este caso los protocolos para abordar las salidas no programadas de los niños, niñas y adolescentes, que incluyen la comunicación inmediata a la familia, no fueron aplicados en los tiempos oportunos.

 

Para mayor edificación de la opinión pública, debemos agregar que durante los ocho meses transcurridos desde el ingreso del adolescente a la protección del Conani, y en cumplimiento de sus responsabilidades legales y misionales, nuestros servicios han  brindado apoyo psicosocial y seguimiento tanto a éste como a su madre en el curso de un proceso cuya finalidad fundamental es la reinserción del adolescente al seno de su familia. La última reunión con la señora Gómez anterior al evento se produjo el pasado 14 de este mes, pautándose en ese momento la siguiente para este miércoles 27.

 

Aprovechamos la presente declaración de prensa para informar a la ciudadanía que en ninguna circunstancia los hogares de paso proveen acogida permanente. De conformidad con su propia definición y propósito, estas unidades son  centros de primera acogida para niños, niñas o adolescentes en situación de riesgo personal, familiar o social, y cuyo entorno no garantiza su seguridad. Superados los obstáculos, es deber del Conani procurar que los niños, niñas y adolescentes acogidos de manera transitoria en los hogares de paso retornen al seno de su familia, que es el lugar por excelencia para su sano desarrollo físico, emocional y social. Salvo en casos extremos y de comprobada inviabilidad decidida por un tribunal, que no es el caso que nos ocupa, el Estado no se arroga la tutela sin término del menor, puesto que esta, legal y constitucionalmente, corresponde al padre y a la madre o, en su defecto, a la legítima persona tutora.

 

El Conani reitera su compromiso con el interés superior de los niños, las niñas y los adolescente, del cual es el principal y celoso velador. 

 

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