SANTO DOMINGO, R. D.- Tras la advertencia de Leyda Piña,
Jottin Cury, Wilson Gómez y Katia Miguelina Jiménez, ex jueces del TC, sobre la
inconstitucionalidad del Acuerdo entre los Gobiernos de la República Dominicana
y de los Estados Unidos de América en relación con la preautorización en el
transporte aéreo, los abogados Olivo Rodríguez Huertas y Naseff Perdomo, así
como la FINJUS, han salido en defensa del mismo, alegando que beneficia al turismo
y que no amenaza la soberanía nacional.
Perdomo expresó que “el acuerdo no viola la Constitución
por tratarse solo de trasladar a los aeropuertos dominicanos un proceso
administrativo que se hace en las terminales aéreas estadounidenses”.
Sobre el particular, los ex magistrados sostienen que tal
cuestión no debería minimizarse de ese modo, y mucho menos denominarse
“traslado”, sino extraterritorialización de las fronteras estadounidenses al
territorio dominicano, razón por la cual reiteran que eso configura cesión de
soberanía, pues significaría una extensión de las fronteras de los Estados
Unidos en el territorio nacional. De hecho, los norteamericanos no lo
disfrazan; el propio Ex Secretario de Seguridad Nacional de los EE UU, Jeh
Johnson, llegó a expresar: “Debemos aprovechar cada oportunidad que tenemos
para expandir nuestra seguridad nacional más allá de nuestras propias fronteras”,
sostienen los ex magistrados.
Agregan que se está intentando restar importancia a las
actuaciones para las cuales quedarían facultados los agentes de preautorización
en las áreas de prechequeo, reduciéndolas a “un proceso administrativo”, cuando
en realidad se trata de controles de transporte aéreo, que involucra áreas
tales como migración, aduanas, agricultura, seguridad, sanidad, entre otras, y
que son facultades que en territorio nacional deben ser ejercidas por agentes
dominicanos. Los ex jueces aducen, que quienes han salido en defensa de sus
clientes no aportan argumentos jurídicos sobre la alegada constitucionalidad del
preclearance y evaden el tema de los refugiados, lo que actualmente, con la
crisis de Haití, es un tema peliagudo.
Explicaron que “la soberanía se ejerce en un espacio
físico concreto, que es precisamente el territorio y las fronteras como límites
entre uno y otro Estado. Un elemento del Estado es el territorio, el cual se
encuentra delimitado por fronteras, por unos límites territoriales que la
propia Constitución establece, y que determina el ámbito espacial de validez de
los mismos”.
Lo anterior implica que los controles aéreos,
fronterizos, marítimos, constituyen una manifestación del derecho soberano de
todo Estado a decidir, quiénes entran o no, cuáles bienes ingresan o no, a su
territorio. Punta Cana, lugar por donde se tiene planificado iniciar este
programa para preservar la seguridad de los Estados Unidos, es territorio de la
República Dominicana. Por tanto, son agentes dominicanos los que deben aplicar
los controles que se emplean cada vez que se despachan vuelos a todos los
destinos. Ciertamente, la República Dominicana no tiene facultad para decidir
quiénes o no reúnen las condiciones para ingresar a los Estados Unidos, pero
esa decisión que la adopten los norteamericanos en sus fronteras, no en nuestro
territorio.
También, los abogados que defienden los intereses de
Punta Cana agregaron que: “De ninguna manera disminuye la facultad del
Estado dominicano en las áreas de prechequeo, ni cede sus atribuciones a los
Estados Unidos. No implica cesión de la ley dominicana, porque a nuestro
entender, las zonas de preautorización aduanal no tendrán estatus de soberanía
americana ya que, por ejemplo, el artículo siete del tratado prevé que en esa
área aplican las leyes dominicanas”.
Sobre tal aseveración los ex jueces precisaron que en el
tratado de emplea un lenguaje equívoco, y tal cosa no es casual. Efectivamente
el Artículo 7.1. del referido acuerdo bilateral dispone que los Estados Unidos
“procurarán” que los oficiales de preautorización cumplan con las leyes de la
República Dominicana mientras se encuentren en su territorio. No obstante, a
partir del artículo 7.2 la situación cobra claridad. Por ejemplo, se establece
en el artículo 7.2 que los Estados Unidos “podrán” aplicar y hacer cumplir
cualquiera de sus leyes y regulaciones aduanales, migratorias, agrícolas, de
seguridad nacional y de salud pública a las aeronaves, viajeros, bienes y
artículos de la tienda de aeronaves en el proceso de preautorización…”. También
“podrán” actuar para detener a cualquier dominicano que según ellos estaría
cometiendo delito, incluso a través de la fuerza. Podrán registrar y examinar a
cualquier viajero, incluido registro corporal (hasta de cavidades corporales).
Aseguran que los dominicanos podrían ser objeto de tratos vejatorios por parte
de extranjeros en su propio país.
Los cuatro jueces eméritos del TC reiteraron todos y cada
uno de los términos del documento dado a conocer a la prensa, precisando que,
además, en el referido acuerdo de prechequeo no existe recriprocidad, lo cual
es imperativo en esta clase de tratados bilaterales. A modo de ejemplo,
mencionaron el caso de Canadá, en cuyo acuerdo con EE UU sí existe
reciprocidad. Este comprende dos partes; la primera referida al acuerdo de
plecleareance de EEUU en Canadá y la segunda, el Preclearance de Canadá en EE
UU, lo cual quiere decir que habría prechequeo en ambos países.
Sobre los refugiados, en la Preclearance Act, 2016, se
establece que si algún pasajero es rechazado en Canadá para entrar en EE UU la
decisión no sería judicialmente revisada en Canadá. Igualmente, se dispone que
un pasajero en un área de preautorización que pretenda entrar a Canadá está, en
el sentido de la Convención de Refugiados, fuera de Canadá. Sostienen que los
EE UU también suscribieron esa convención sobre refugiados y por tanto también
asumieron las obligaciones que se nos pretende adjudicar con el controversial
anexo, en el cual existe una absoluta tutela por parte dicho país en la
política de refugiados de la República Dominicana, que nos obligaría a dar
trámite y decidir solicitudes que estaban destinadas para los EE UU.
Finalmente, desmintieron que el acuerdo se haya
renegociado a la luz de la Sentencia TC/0315/15, al tiempo de expresar que la
República Dominicana no necesita de un acuerdo de prechequeo para continuar
siendo líder del turismo en la región del Caribe.
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