Nueva ley anti lavado representa un gran avance contra el delito y la impunidad


SANTO DOMINGO, R. D.- Un gran avance en la lucha contra el crimen y la impunidad. Así definió Gustavo Montalvo el proyecto de nueva Ley de Lavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo.
 
Esta ley fue aprobada recientemente en el Senado.
 
Montalvo, ministro de la Presidencia, manifestó que en la nueva ley, propuesta por el Poder Ejecutivo, se aumentan las infracciones precedentes, incluyendo ahora delitos cometidos por funcionarios en el ejercicio de sus funciones, la falsificación y adulteración de medicamentos o los delitos fiscales y medioambientales, entre otros.
 
Enriquecimiento ilícito, fraude fiscal o depredación medioambiental

“Con esta nueva ley, cualquier funcionario público que se enriquezca ilegalmente en el ejercicio de sus funciones, podrá ser perseguido también en el marco del lavado de activos, lo mismo que aquellas empresas que se enriquezcan mediante fraude fiscal o la depredación del medio ambiente”, indicó.
 
Prisión mínima de 10 años

La nueva ley también incrementa significativamente las penas y sanciones, aumentando el tiempo mínimo de prisión a 10 años, para algunas conductas que tipifican el lavado de activos, y a 200 salarios mínimos las multas, duplicando los montos actuales.
 
“Esta nueva ley nos permitirá ser más efectivos en la persecución de delitos que lesionan el patrimonio público y los bienes colectivos, que el Estado debe tutelar”, sostuvo el funcionario.
 
No más acciones al portador

Montalvo manifestó que uno de los avances importantes de la ley es la eliminación de las acciones al portador y que “se da plazo para empresas inactivas a regularizar su estatus, evitando así que se utilicen para actividades de lavado de activos, ocultando el beneficiario final de esas acciones o cuotas sociales”.

 
La ley también fortalece la capacidad sancionadora de los entes supervisores para empresas que no tengan buen sistema de manejo de riesgos, y fortalece la autonomía e independencia de la Unidad de Análisis Financiero (UAF).
 
Bancas de apuestas y juegos de lotería sí serán supervisados

El funcionario aclaró también que las bancas de apuestas y juegos de lotería no se han excluido del ámbito de aplicación de la ley, pues toda persona física y jurídica, sin importar el sector al que pertenezca, puede ser perseguida y condenada penalmente en caso de incurrir en delitos precedentes o lavado de activos.
 
“El banquero de apuestas o lotería que se dedique a blanquear dinero sucio, en la ley actual y en la nueva, puede ser sometido por lavado de activos”, enfatizó.
 
 “Lo que ocurrió en el Senado fue que no se incluyeron como nuevos sujetos obligados las bancas de apuestas y loterías, debido a que el estándar de GAFI establece solo a los casinos y en caso de que sus clientes hagan operaciones superiores a 3,000 dólares. Por esta razón, ni en la ley anterior ni en la nueva ley están como sujetos obligados”, aclaró.
 
No obstante, cuando un propietario o ejecutivo de una banca de apuestas hace algún tipo de operación bancaria o inmobiliaria se le debe realizar una debida diligencia ampliada -como indican las recomendaciones del Grupo Acción Financiera Internacional- debido al riesgo vinculado al alto movimiento de efectivo a sus actividades.
 
Sujetos obligados

Los sujetos obligados son las empresas que deben implementar estándares de conocimiento de sus clientes para evitar que los mismos los utilicen como mecanismo para lavar activos provenientes de actividades ilícitas.
 
Además de casinos, la nueva lista de sujetos obligados incluye agentes inmobiliarios, firmas constructoras, fiduciarias, entre otras. Esta lista de sujetos obligados está alineada con los requerimientos del Grupo Acción Financiera Internacional en su recomendación 22 de sus nuevos estándares.
 
“Esto no es una lista cerrada, en todo caso. Se pueden incluir otras entidades como sujetos obligados por resolución del Comité Nacional Contra el Lavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo, luego de estudios sectoriales de riesgos y previa consulta pública”, explicó Montalvo.
 
En ese sentido, el funcionario indicó que “la inclusión o no de un tipo de un sector como sujeto obligado depende de la actividad de sus clientes. Es decir, se determina en cuanto al tipo y monto de las transacciones de los clientes, no del negocio en sí. Si en el futuro se determina que los clientes de un sector están realizando transacciones de alto monto y poca transparencia, el Comité Nacional podrá incluirlos como sujetos obligados”.

 
Finalmente, Montalvo dijo que las modificaciones propuestas a la ley se han realizado siguiendo los estándares y recomendaciones del Grupo Acción Financiera Internacional y en el marco de la evaluación que se realizará al país este año, tanto por Foro Global como por GAFILAT. Además, se suma a los esfuerzos del gobierno por reforzar la transparencia y la lucha contra la impunidad, tal como demanda el pueblo dominicano.

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