Por una Policía Municipal profesionalizada


Por Andrés Amaury Bello Cuevas

Por la incapacidad económica de los Ayuntamientos Municipales para el mantenimiento de la Policía Municipal surge la Policía Nacional Dominicana, creada en el año 1936, Mediante decreto No.1523 del 2 de Marzo.

Así tiene lugar el nacimiento del Noveno  Sistema Policial, como un cuerpo con jurisdicción nacional, con la misión de mantener el orden, la tranquilidad pública, la seguridad de las personas y de la propiedad, la prevención de las infracciones, la persecución y aprehensión de los delincuentes y su sometimiento a la acción de la justicia, podemos decir que hubo factores que incidieron en el nacimiento de la misma entre los cuales podemos mencionar:

El  incremento de la población  significaba de que los cuerpos municipales no tenían la capacidad para tener un control de la población a fin de  mantener un control del orden público y contribuir así al sosiego, la tranquilidad y la paz ciudadana, por esta razón era obvio que se produjera en aquel entonces ante tal debilidad el aumento de la delincuencia, hoy, esa delincuencia nos acogota de manera desmedida.

No admite discusión alguna, que el ascenso al poder del General Rafael Leonidas Trujillo  Molina, le dio a éste la visión de crear un cuerpo policial que respondiera de una manera satisfactoria a las apetencias desmedidas de perpetuarse en el poder.

El tirano sabía que el sistema de Policía Municipal, no le garantizaba un control absoluto en el sostén y mantenimiento de su régimen tiránico y además el, había sido el promotor a principios del año 1930, de desarmar y desmantelar la Policía Municipal, de Santiago, Dajabón, Moca ySanto Domingo, por tal razón estaba completamente consciente de que no gozaba de la simpatía de algunos miembros de ese cuerpo policial.

Todo esto motivo la decisión de agrupar todos los cuerpos de Policías Municipales en un sólo con el nombre de “Policía Nacional”, esto ocurre mediante Decreto No.1523, emanado del poder Ejecutivo, en fecha 2 de marzo del año 1936, siendo el primer jefe de policía el Coronel Miguel A. Román Hijo, P. N.

Hoy después de una trayectoria entre lo que algunos consideraban irregular y otros no, la  Ley de Municipios 176-07 del 17 de julio del 2007, Gaceta Oficial No. 10426 del 20 de julio del 2007, que entro en vigor el 16 de agosto del 2007, establece en el capitulo V en sus artículos 173 y 174 con relación a la Policía Municipal pauta lo siguiente:

Según el artículo 173, la Policía Municipal es la organización con jurisdicción dentro de los límites del municipio, Integrada en un cuerpo policial único y especializado para asuntos municipales, de naturaleza jerárquica, adscrita al ayuntamiento y bajo la autoridad inmediata del síndico/a con la supervisión técnico profesional de la Secretaria de Estado de Interior y Policía.

Su artículo 174, nos indica que la Finalidad de la Policía Municipal es una institución obligada a preservar los bienes municipales y hacer cumplir las leyes, ordenanzas, resoluciones, reglamentos y disposiciones municipales

Esta es la base legal de la policía Municipal sin dejar de mencionar nuestra carta magna que en su artículo 199 reconoce la Administración local a los Municipios cuando dice: “El Distrito Nacional, los municipios y los distritos municipales constituyen la base del sistema político administrativo local. Son personas jurídicas de Derecho Público, responsables de sus actuaciones, gozan de patrimonio propio, y de autonomía presupuestaria, con potestad normativa, administrativa y de uso de suelo, fijadas de manera expresa por la ley y sujetas al poder de fiscalización del Estado y al control social de la ciudadanía, en los términos establecidos por esta Constitución y las leyes”.

Siendo así las cosas, se hace imperiosa y  necesaria la sinergia entre los dos niveles de gobierno, el Central y el Local, para que haya una real y efectiva Seguridad Ciudadana en la Municipalidades de nuestro país.


Comentarios